En general, estas son algunas de las atractivas ventajas que te ofrece el desempeñar un puesto de funcionario del Sergas como Operario Laboral, 2ª opción:
· Puesto de trabajo con la MÁXIMA ESTABILIDAD.
· Sueldos de 1200 a 1500 € mensuales.
· 14 PAGAS Y MEDIA al año.
· Horarios de mañanas ó a turnos.
· Vacaciones y días de asuntos propios (40 DÍAS mínimo por año).
· TRIENIOS. Aumentos salariales del 5% aproximadamente, aparte del IPC, por antigüedad.
· Posibilidades de PROMOCIÓN INTERNA a partir del 1º año con plazas reservadas.
· Posibilidad de EXCEDENCIAS.
*condiciones sujetas a variación según organismo convocante.
PARTE GENERAL SOBRE CONSTITUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN (COMÚN PARA LAS 3 OPCIONES)
1. La Constitución Española de 1978.
2. El Tribunal Constitucional.
3. Las Cortes Generales.
4. La Corona.
5. El Gobierno.
6. La Administración.
7. Organización Territorial del Estado.
8. Las Comunidades Autónomas.
9. El Poder Judicial.
10. Procedimiento administrativo.
11. Régimen local español.
12. El municipio.
13. La provincia.
14. Personal al servicio de la administración local.
15. Ordenanzas, reglamentos y bandos.
16. Atención al público.
17. Concepto de documento, clasificación y archivo.
18. Prevención de riesgos y salud laboral.
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1º. Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y el de los nacionales de algún Estado al cual, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2º. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no tener alcanzada la edad de sesenta y cinco años.
3º. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
4º. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
5º. Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.
6º. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.
(Estos requisitos son orientativos, la entidad convocante puede establecer los que considere más oportunos).
Idioma en que se realiza el curso: Español
Titulación obtenida: Operario Laboral Corporaciones Locales III (Conductores)- Asturias
Perspectivas laborales: Conductor
Situación laboral requerida: Cualquier situación laboral